El gobierno administra y utiliza recursos de la sociedad, no son de su propiedad, en consecuencia, está obligado a rendir cuentas de la forma en que los usa, de su ejercicio como presupuesto destinado a la realización de acciones que se establecen en programas y planes para el beneficio de la sociedad.
Entendemos por fiscalización el proceso de revisión que se lleva a cabo sobre el presupuesto de la administración pública, la realización de sus planes y programas, y el cumplimiento de la normatividad.
El Estado ha creado entidades de fiscalización, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) a nivel nacional, como entidad superior de fiscalización de la federación en 1999, iniciando operaciones como ASF en 2000. Y en las entidades federativas instancias equivalentes; en Morelos la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización (ESAF).
La ASF y la ESAF son parte del poder legislativo, sujetos a supervisión por una comisión de vigilancia de la Cámara de Diputados federal y local respectivamente.
Encontramos antecedentes de la ASF tan remotos como en el siglo XIX, como Contaduría Mayor de Hacienda (1824), Tribunal de Revisión de Cuentas (1838) y Contaduría Mayor de Hacienda (1857); basta señalar la Contaduría Mayor de Hacienda de 1978, que podía solo analizar desviaciones presupuestales una vez que terminaba el año de su ejercicio y la aplicación indebida de las partidas presupuestales. Las entidades federativas reproducían figuras similares, la ESAF data de 2003.
¿Qué fiscalizamos?
Fiscalizamos el gasto público, y el uso de los bienes y servicios públicos, de todos los activos del Estado y la deuda pública. Así como su aplicación en conformidad con la normatividad, incluyendo planes y programas.
En 2015, se reformó el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ampliando las capacidades de la ASF para fiscalizar el ejercicio del presupuesto federal independientemente de quien ejecute su gasto, puede desde entonces revisar a cualquier: área de gobierno, particular persona física o moral, y figuras jurídicas como fideicomisos y fondos. Puede auditar el año en curso y los anteriores.
¿Para qué fiscalizamos?
Se revisa el ejercicio del gasto y el uso eficaz y eficiente de los activos públicos, del dinero que gasta el gobierno, para lograr los fines del Estado, mejorar las condiciones de vida y alcanzar el bien común.
Se busca prevenir actos irregulares y avanzar en el logro de los objetivos y metas de los planes, programas y acciones de los gobiernos. El cumplimiento las leyes y la normatividad en materia presupuestal, y los planes y programas que señalan las acciones que pueden realizar los gobiernos.
Por lo tanto no es únicamente el gasto lo que se fiscaliza.
La fiscalización permite señalar las desviaciones de la actividad del gobierno a los principios de oportunidad, legalidad, regularidad, utilidad y razonabilidad.
Opino que ante el mal uso del dinero público y hechos de corrupción se tiene que mejorar el diseño de los entes fiscalizadores dejando de ser parte del poder legislativo convirtiéndose en órganos constitucionales autónomos, para disminuir la influencia de los intereses políticos y partidistas en su integración y actuación, mejorando su profesionalización y especialización.
Aumentar las atribuciones de la ASF y la ESAF, incorporando la obligación de los entes y servidores públicos de dar la información solicitada en un tiempo claramente establecido en la norma, otorgándoles la capacidad de imponer sanciones específicas en caso de no proporcionarla en tiempo y forma.
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