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SCJN se excedió en su decisión de suspender plan B: Alejandro Armenta – El Sol de Cuernavaca

Alejandro Armenta, presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, justificó su decisión de haber interpuesto recursos jurídicos contra el actuar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de la que dijo que se extralimitó en su decisión de frenar el avance del Plan B de la reforma electoral.

En conferencia de prensa, el senador morenista, afirmó que el Poder Judicial se excedió, luego de haber otorgado una suspensión para que el Plan B no se aplicara al Instituto Nacional Electoral (INE), pues este había sido aprobado en el Congreso de la Unión por mayoría.

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Cabe recordar que el senador Alejandro Armenta interpuso un recurso ante la Suprema Corte, en contra de los recursos que interpusieron los partidos políticos, los grupos parlamentarios y el Instituto Nacional Electoral, para frenar el avance del Plan B.

El senador poblano manifestó que desde su punto de vista, “la Suprema Corte se excedió la autoridad, la representación judicial y nosotros estamos ejerciendo la libertad de presentar iniciativas que establece la constitución”.

Señaló que el poder judicial, los municipios, los estados, la federación, el poder ejecutivo, pueden presentar iniciativas, “pero que la principal fuente del derecho es el legislador”.

“Sin duda defiendo la postura del Senado, desde mi punto de vista hay una conducta de supremacía, visión de supremacía de los entes autónomos y del Poder Judicial”.

“Yo estoy presentado un recurso en ambos sentidos, lo hago convencido de que el Senado actúa conforme a la ley, el Plan B se votó por mayoría, es una minuta que se aprobó, es un derecho de los senadores. El poder judicial se excede”, expresó.

Alejandro Armenta señaló que a él le compete interponer el recurso en contra de frenar el Plan B, procedimiento que se genera dentro del Poder Judicial por el actuar de partidos políticos quienes interpusieron acciones de inconstitucionalidad, pero “a mí me toca defender lo que se ha aprobado en el Pleno de la Cámara de Senadores”.

“El presidente (del Senado) sólo ha actuado conforme a lo que le faculta el Senado de la República, pues dijo que no se somete a votación este tipo de decisiones, con la representación legal que tiene sobre la Cámara Alta, que está contenido en la ley del Congreso.

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“La controversia constitucional, la representación jurídica y orgánica de la Cámara de Senadores, corresponde al presidente del Senado de la República, quienes promovimos un recurso de reclamación y que por mandato debo hacerlo, porque si no actúo podría estar incurriendo en omisión en una responsabilidad”, manifestó.

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